Modelo de recurso de protección para acompañamiento de persona significativa durante el parto y trabajo de parto en Hospitales y Clínicas chilenas, el cual debe ser presentado en la Corte de Apelaciones de la ciudad que te corresponda.
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El modelo lo creamos en base a un caso que ocurrió en Temuco, donde una abogada, presentó el recurso de protección para poder parir acompañada en el mes de diciembre.
La corte de apelaciones de la ciudad, dio la orden de no innovar (La orden de no innovar es una institución procesal de carácter cautelar que puede ejercer el recurrente en aquellos casos en que un tribunal superior esté conociendo de un recurso de hecho, de queja o de apelación en el solo efecto devolutivo, para que tal órgano jurisdiccional ordene detener, de forma provisional, los efectos que una actuación u omisión estén produciendo, en este caso el acompañamiento en el parto).
Este caso todavía está investigación, entendemos que la madre presentó el recurso en noviembre, la orden de no innovar salió a las semanas y en diciembre ella pudo parir acompañada. Esta es una estrategia jurídica para parir acompañada en los hospitales o clínicas donde se niegue el acompañamiento. Es importante señalar que la interposición del recurso no asegura el éxito, pues es la corte la que deberá determinar si permite o no el acompañamiento.
NO TIENE QUE VER CON RECLAMO SI FUISTE VÍCTIMA DE VIOLENCIA OBSTÉTRICA. Si fuiste víctima de VO debes presentar un reclamo a la oirs o atención al cliente, la información está en https://ovochile.cl/asesoria-violencia-obstetrica/.