Comunicado Público a raíz del Caso de Lorenza Cayuan

Durante las últimas horas, y en medio de este tenso clima producto de la violencia de género que en los últimos días en Chile nos ha conmocionado, nos hemos enterado por diversos medios digitales de la denuncia hecha por la familia de Lorenza Cayuan, comunera mapuche. Las denuncias expuestas por los medios, y por sus familiares, señalan que Lorenza durante el nacimiento de su bebé, a través de una cesárea, habría tenido las manos engrilladas, y que durante todo el tiempo habría estado acompañada de 3 gendarmes, incluso en el momento del parto cuando ella se encontraba inmovilizada y anestesiada. Hemos tomado conocimiento de que la Defensoría Penal Pública interpuso un recurso de amparo este lunes en la Corte de Apelaciones de Concepción, y que hoy martes el Instituto Nacional de Derechos Humanos adhirió a este recurso.

Nos impacta como es que, ante un nuevo acto de violencia confluyen el hecho de ser mujer, indígena, gestante y el estar privada de libertad. Ante ello, consideramos que es nuestra responsabilidad visibilizar el entramado de violencia institucional, violencia de género y vulneración de derechos humanos básicos, que configura la Violencia Obstétrica que hoy se encuentra dramáticamente normalizado en nuestra sociedad.

El Estado de Chile, tiene la obligación de respetar los Derechos Fundamentales de las Personas, los cuales están contenidos en la Constitución Política de la República, así como en los Tratados sobre Derechos Fundamentales firmados y ratificados por Chile. En ellos, se contempla la obligación de respetar la dignidad de las personas, aún cuando ellas estén privadas de libertad. Es por eso que, somos enfáticos en señalar que nada justifica las violaciones a los derechos humanos efectuadas por agentes del Estado, en este caso Gendarmería de Chile y funcionarios del hospital, que han sido denunciadas por la familia de Lorenza.

Por otro lado el Art. 2 de la Ley 20.284 que establece Derechos y Deberes del Paciente señala que “La atención que se proporcione a las personas con discapacidad física o mental y a aquellas que se encuentren privadas de libertad, deberá regirse por las normas que dicte el Ministerio de Salud, para asegurar que aquella sea oportuna y de igual calidad” ¿Qué ocurrió en este caso con aquello?. El derecho al trato digno, planteado en el Art. 5 de esta ley, también se ha visto evidentemente vulnerado.

Por todo lo anterior es que esperamos que se reviertan a la brevedad todas aquellas medidas que vulneran los derechos fundamentales de Lorenza y su bebé, que el Servicio de Salud Bio Bio revise la forma como los proveedores de salud garantizan la dignidad en la atención de la población, y que Gendarmería Chile revise sus procesos internos.

Nos preocupa lo que se viene ahora, la hija de Lorenza es prematura, quedará hospitalizada, y hay que garantizarle a ambas, el derecho de poder establecer el vinculo más estrecho que puedan. Esperamos que Gendarmería garantice este derecho y que la institución de salud favorezca este vinculo y promueva lactancia materna, como debería hacerlo en todos los casos de recién nacidos hospitalizados.

No podemos ni dejar pasar este tipo de hechos, ni tolerar que este tipo de practicas sigan ocurriendo en las salas de maternidad, sean estas públicas y/o privadas. Basta, no más violencia contra las mujeres, no más violencia obstétrica!!

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